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Cómo se calcula el ISR e IVA en RESICO, con ejemplos

El Régimen Simplificado de Confianza (RESICO) para personas físicas se volvió popular por una razón sencilla: las tasas de ISR son bajas y el cálculo mensual es directo. Aun así, muchos contribuyentes se equivocan porque aplican la lógica de otros regímenes. Aquí te explicamos, paso a paso y con ejemplos, cómo se hace el cálculo de ISR e IVA de RESICO cada mes.

Antes de los números, tres ideas que cambian todo:

  • El ISR se calcula sobre lo que efectivamente cobraste en el mes, no sobre lo que facturaste. Si emitiste una factura en enero pero te pagaron en marzo, ese ingreso cuenta en marzo.
  • En RESICO no hay deducciones para ISR. La tasa se aplica sobre el ingreso cobrado, sin restar gastos.
  • El IVA es aparte, y también funciona sobre flujo: cuentas el IVA que cobraste y el que pagaste.

La tabla de ISR del artículo 113-E

La tasa mensual depende del total de ingresos cobrados en el mes. No es marginal: una vez que ubicas el tramo, aplicas esa tasa a todo el ingreso del mes. Los tramos son:

  • Hasta $25,000.00: 1.00%
  • Hasta $50,000.00: 1.10%
  • Hasta $83,333.33: 1.50%
  • Hasta $208,333.33: 2.00%
  • Hasta $3,500,000.00: 2.50%

Si en algún momento del año rebasas los $3,500,000 de ingresos anuales, dejas de poder tributar en RESICO al mes siguiente.

Ejemplo 1: contribuyente chico

Marisol es diseñadora independiente. En el mes cobró $18,000 por sus servicios. Uno de sus clientes es una persona moral que le pagó $10,000 de esos ingresos y le retuvo el 1.25% de ISR.

  • Ingreso cobrado del mes: $18,000
  • Como está por debajo de $25,000, la tasa es del 1.00%
  • ISR del mes: $18,000 × 1.00% = $180
  • Retención que le hizo la persona moral: $10,000 × 1.25% = $125
  • ISR a cargo (lo que paga al SAT): $180 − $125 = $55

Marisol entera $55 al SAT. Los $125 que le retuvieron ya se consideran pago provisional, por eso se restan.

Ejemplo 2: contribuyente mediano

Roberto presta servicios de consultoría. En el mes cobró $70,000 en total. De ese monto, $60,000 provienen de empresas (personas morales) que le retuvieron el 1.25%; los otros $10,000 se los pagó una persona física, que no retiene.

  • Ingreso cobrado del mes: $70,000
  • Cae en el tramo de hasta $83,333.33, así que la tasa es del 1.50%
  • ISR del mes: $70,000 × 1.50% = $1,050
  • Retención total de las personas morales: $60,000 × 1.25% = $750
  • ISR a cargo: $1,050 − $750 = $300

Roberto paga $300 de ISR. Observa que la retención solo aplica sobre los pagos que le hicieron las personas morales; lo que le pagó la persona física no lleva retención, pero sí suma para determinar la tasa.

Cómo se calcula el IVA

El IVA no forma parte del ISR y se calcula por separado. La mayoría de las actividades causan IVA a la tasa del 16%. La regla es la misma que en ISR: todo se mide sobre flujo, es decir, sobre lo que cobraste y lo que pagaste, no sobre lo facturado.

El cálculo tiene dos partes: el IVA que cobraste a tus clientes (IVA trasladado) menos el IVA que pagaste en tus gastos y compras deducibles (IVA acreditable). La diferencia es el IVA a cargo.

Tomemos el caso de Roberto en el mismo mes. Sobre sus $70,000 de ingresos cobrados:

  • IVA cobrado: $70,000 × 16% = $11,200
  • En el mes pagó $15,000 en gastos con IVA (equipo, software, servicios). IVA acreditable: $15,000 × 16% = $2,400
  • IVA a cargo: $11,200 − $2,400 = $8,800

Roberto entera $8,800 de IVA. A diferencia del ISR, aquí sí puedes acreditar el IVA de tus gastos, siempre que estén relacionados con tu actividad y cumplan los requisitos fiscales. Si el IVA acreditable fuera mayor que el cobrado, tendrías un saldo a favor.

Un recordatorio importante

Los ejemplos anteriores son ilustrativos y buscan explicar la mecánica del cálculo. No son asesoría fiscal ni contemplan situaciones particulares como saldos a favor arrastrados, actividades exentas, tasa 0% de IVA o retenciones de IVA. Para tu caso concreto conviene revisar tus CFDI y tu situación con un contador.

Cumplido lo calcula por ti

Hacer estos cálculos a mano cada mes funciona, pero se vuelve pesado en cuanto tienes varios clientes, retenciones distintas y gastos que acreditar. Cumplido toma tus CFDI reales, identifica lo efectivamente cobrado y pagado, ubica tu tasa del 113-E y te dice cuánto pagar de ISR e IVA cada mes. Conócelo en cumplido.io.

Fuentes:

Ley del ISR (arts. 113-E y 113-J). SAT — RESICO. Ley del IVA.

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